Al emitir una boleta de compraventa se debe registrar la fecha de emisión y el monto total de la operación.
 Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, 
Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria 
básica, opción 
Reglamento
de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, específicamente en el artículo 69.  Adicionalmente,
esta materia puede ser consultada en el mismo menú, opción Circular
N° 8, de 1984.
  |