PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Boletas | Boleta de compraventa y servicios | Requisitos de diseño y formato

 Pregunta   ID:   001.012.1988.005  Fecha de Creación:   17/11/2004

¿Cuál es el formato que deben tener las Boletas de Compras y Ventas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   21/12/2021

Las Boletas de Compra y Ventas deben tener el formato indicado en la letra b), del artículo 69, del Reglamento de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, el que considera los siguientes requisitos:

  • Deberá ser emitida en duplicado. La primera copia se entregará al cliente y se deberá conservar el original en poder del vendedor.

  • Deberán ser numeradas en forma correlativa y timbradas por el SII.

  • Indicar el nombre completo del contribuyente emisor, número de Rol Único Tributario, dirección del establecimiento, comuna o nombre del lugar, según corresponda, giro del negocio, y otros requisitos que determine la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos.

  • Señalar fecha de emisión. Si se trata de boletas que se emiten en forma manuscrita, se deberá señalar el mes de emisión mediante el uso de palabras o números árabes o corrientes.

  • Los vendedores y prestadores de servicios que, por el giro de sus negocios, transfieran especies o presten servicios afectos y exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), deberán indicar, separadamente, los montos de las operaciones en las boletas que emitan.

  • Por último, una Boleta de Compra y Ventas deberá registrar el monto de la operación.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circular N° 33, de 1985.

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