El CAF en los DTE se origina cuando un emisor solicita folios al
SII para poder emitirlos. Los
folios serán asignados de acuerdo con los requerimientos del contribuyente y procedimientos establecidos por el
SII. La autorización
se materializará a través de la entrega de un archivo computacional, llamado Código
de Autorización de Folios (CAF), el cual deberá ser guardado por el
contribuyente en forma segura, evitando el acceso de terceros y el mal uso del
archivo.
Por ejemplo, si un contribuyente solicita 1000 folios para Facturas
Electrónicas, y se le otorga del 501 al 1500, el SII le entregará:
-
Un CAF que se debe utilizar sólo para las Facturas Electrónicas, desde
el rango 501 al 1500.
-
Una clave privada que utilizará para timbrar electrónicamente las
facturas, desde el rango 501 al 1500, a medida que las vaya emitiendo.
La administración de los folios entre sucursales es
de responsabilidad del
contribuyente; vale decir, se obtienen 1000 folios y se decide repartir entre
varias sucursales, el CAF será el mismo y el contribuyente debe tener
mecanismos de control que aseguren que los folios no serán duplicados.
El contribuyente puede hacer varias peticiones de folios y obtener varios
CAF, cada uno asociado a distintos rangos de folios. De esta manera, podría
pedir folios por sucursales, evitando así repartir un rango de folios. De esta
forma, cada
sucursal tendría su clave privada del CAF respectivo.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio
Web del
SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 45, de 2003. |