Se debe tener presente que en la
actualidad, los documentos tributarios deben ser emitidos en formato
electrónico.
Respuesta anterior:
Sí, los contribuyentes pueden imprimir en sus documentos tributarios, además de sus datos de identificación, un nombre de
fantasía, pues así lo permite la normativa relacionada con los requisitos legales y
reglamentarios de los documentos autorizados por el SII, las que se detallan de
manera especial en las instrucciones contenidas en la Circular
Nº 19, de 1995.
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