PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Libros contables y tributarios | Libros de contabilidad auxiliares | Libro de compras y ventas

 Pregunta   ID:   001.012.2835.007  Fecha de Creación:   22/04/2005

¿Se debe llevar un cuaderno de ventas menores, timbrado por el SII, para registrar las ventas menores a $ 180?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   06/01/2022

A contar del 01 de Agosto de 2017 el Registro de Compras y Ventas (RCV) reemplaza la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas, como también de enviar la Información Electrónica de Compras y Ventas para los contribuyentes que están autorizados como emisores electrónicos.
Así mismo, estarán eximidos de llevar el Libro de Compras y Ventas los contribuyentes no sujetos al sistema de facturación electrónica, o que emitan otro tipo de documentos tributarios electrónicos que no requieren ser enviados al Servicio de Impuestos Internos, tales como boletas, vouchers u otros, siempre que la información relativa a sus ventas y prestaciones de servicios, la complementen en el Registro de Ventas informando los Resúmenes correspondientes.

Respuesta anterior:

No es necesario llevar un cuaderno de ventas menores, timbrado por el SII, para registrar las ventas menores a $ 180. En estos casos sólo corresponde implementar un control interno (cuaderno, hoja u otro medio) en la forma en que disponga el contribuyente, el que no necesita autorización por parte del SII, sin perjuicio del cumplimiento de la obligación de emitir una boleta diaria por el total de las ventas y servicios por montos inferiores a $180.