Se hace presente que, a contar del 01 de julio de 2016, se elimina el cobro por
todos los certificados y documentos solicitados en las oficinas del SII,
conforme a la
Resolución
N° 57, de 2016.
No, el SII no debe emitir boletas de ventas y servicios por la venta de copias y certificados de
avalúo fiscal, duplicados de Formulario 22 de Renta o Formulario 29 de
Declaración Mensual y Pago Simultáneo, o bien de duplicados de cédula de RUT,
puesto que sólo basta que se emitan vales de control interno, en reemplazo de "Boletas de Ventas y Servicios, no afectos o exentos de IVA"
o "Facturas de Ventas y Servicios, no afectos o exentos de IVA", de acuerdo con
lo señalado en la
Resolución
Exenta N° 44, de 2001.
|