PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Documentos tributarios | Libros contables y tributarios | Libros de contabilidad auxiliares | Libro de compras y ventas electrónico

 Pregunta   ID:   001.012.5566.003  Fecha de Creación:   21/08/2007

¿El modelo de Contabilidad Electrónica permite llevar sólo electrónicamente el Libro de Compras y Ventas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   24/04/2023

Se hace presente que a contar del 01 de agosto de 2017 el Registro de Compras y Ventas (RCV) reemplaza la obligación de llevar el Libro de Compras y Ventas, como también de enviar la Información Electrónica de Compras y Ventas para los contribuyentes que están autorizados como emisores electrónicos.

El Registro de Compras y Ventas, es un nuevo sistema disponible en sii.cl, el cual está compuesto por 2 registros, un Registro de Compras (RC) y otro Registro de Ventas (RV). Este sistema tiene como finalidad respaldar las operaciones afectas, exentas y no afectas a IVA efectuadas por el contribuyente, permitiendo controlar el Impuesto al Valor Agregado.

Este registro es abastecido por los documentos tributarios electrónicos (DTE’s) que han sido recibidos por el Servicio de Impuestos Internos. En el caso de los documentos tributarios recibidos y emitidos en soporte distinto al electrónico, deberán deben ser informados por el contribuyente incorporándolos al registro correspondiente ya sea de compra, o de venta, ya sea de forma individual o en forma de resumen, según corresponde el caso.

Respuesta anterior:

No, ya que la Resolución Exenta N° 150, de 2005, establece entre las obligaciones de los contribuyentes autorizados para acogerse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, la de generar los Libros Contables Electrónicos en formato digital.

En una primera etapa, los Libros Contables Electrónicos son los siguientes: Diario, Mayor, Balance y Compras y Ventas.