No, para 
los efectos de este modelo no se entiende como Pago Electrónico, puesto que no 
hay intervención de un Administrador de Medios de Pagos Electrónicos, ya que 
sólo es un registro transaccional de transferencia de dinero que no 
necesariamente va ligado a una acción de compraventa de un producto o servicio. 
En caso de realizarse una transacción de este tipo, debe emitirse la boleta de 
compras y ventas timbrada. 
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, 
Menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción 
Resolución SII Ex. N° 176 de 2020, 
complementada por 
Resolución SII Ex. 76 de 2021.
  |