Las transacciones que no se 
consideran y por las cuales se deberá continuar emitiendo otra documentación son 
las siguientes: 
	- Cuando al pagar con un medio electrónico, corresponda emitir 
				Facturas o Notas de Débito.
 
	- Cuando deban emitirse boletas de honorarios.
 
 
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, 
Menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución 
SII Ex. N° 176 de 2020, complementada con
Resolución SII Ex. 76 de 2021.  |