Las transacciones que no se
consideran y por las cuales se deberá continuar emitiendo otra documentación son
las siguientes:
- Cuando al pagar con un medio electrónico, corresponda emitir
Facturas o Notas de Débito.
- Cuando deban emitirse boletas de honorarios.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
Menú Normativa y legislación, Resoluciones, opción Resolución
SII Ex. N° 176 de 2020, complementada con
Resolución SII Ex. 76 de 2021. |