Como lo señala la Resolución Ex. SII N° 176 de 2020,
en el caso de duplicidad en la emisión de los documentos (Boleta Electrónica +
Voucher), por una misma venta, se debe emitir una Nota de Crédito Electrónico
por el total de documentos duplicados durante el periodo.
Este documento se debe emitir como fecha máxima un día antes de la declaración
de formulario de impuestos mensuales (F29), indicando en la nota de crédito
electrónico una fecha de emisión correspondiente del mes de la declaración.
Esta duplicidad, se
puede verificar en nuestro sitio web del SII, opción Registro de Ventas de cada
contribuyente. En el caso que no exista duplicidad en este registro, el
contribuyente debe revisar, complementar o ajustar su Registro, de acuerdo a las
transacciones realizadas en el mes correspondiente. En el caso que no estén
informadas las transacciones de comprobante de pago electrónico, la duplicidad
no se debe presentar.
Mayor información puede ser consultado en sitio web sii.cl, sección Normativa y
Legislación, menú Circulares, opción, la
Resolución N° 176 de 2020,concordada
con la
Resolución N° 74 de 2020
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