Una petición administrativa es una solicitud o comunicación que puede ser
presentada por un contribuyente al SII, y cuyo detalle está contenido en la Resolución
N°
2301, de 1986, concordada con la
Resolución N° 46 de 2017:
La presentación de este tipo de solicitudes debe considerar, como mínimo, los siguientes antecedentes:
Toda solicitud o comunicación que deba presentar el contribuyente, que se refiera a las materias que se mencionan en el N° 2, de la
Resolución antes señalada, se presentará a través del Formulario N° 2117, y las que se mencionan en el N° 6, que se refiere exclusivamente a Avaluaciones, se hará
con una “Solicitud de Modificación al Catastro de
Bienes Raíces”, a efectuar, en forma verbal, en las Oficinas de Convenio
Municipal (OCM) respecto de los bienes raíces ubicados dentro del radio de
la respectiva comuna, o en las Áreas o Unidades de Avaluaciones del S.I.I.
Se podrán ingresar solicitudes o comunicaciones de materias
que se refiera a las materias que se mencionan en el N° 2, de la Resolución
antes señalada, que no aparezcan en el Formulario 2117, y que no tengan asociados formularios específicos. -
Si un contribuyente desea presentar más de una solicitud o comunicación de las materias
que se mencionan en el N° 2, de la Resolución antes señalada, deberá presentar un
Formulario
2117 por cada una de ellas. -
Al ser recibida la presentación, será incorporada a un registro de ingresos y el contribuyente se retirará con el Comprobante de Recepción del Formulario 2117
donde estará estampado el folio y fecha de ingreso de la solicitud o comunicación,
o en el caso de materias de avaluaciones un acta
por parte del funcionario que la reciba, emitiendo dos copias de ésta, una
firmada por el peticionario quedará en poder del Servicio y la otra en poder
del solicitante.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Ayuda, menú
"¿Cómo se hace para...?", opciones
que considera.
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