Los requisitos y antecedentes que deben contemplarse al solicitar el Informe de Capital y Utilidad Líquida para fines del Código del Trabajo, son los que se
indican a continuación:
La solicitud debe ser realizada a través de la Dirección del Trabajo o a petición de un Juzgado competente en la materia.
Los sindicatos también pueden solicitarlo a través de la presentación del
Formulario 2117 de Solicitudes.
En el caso de los sindicatos, se requiere, además, una acreditación que certifique la conformación de la
directiva.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Ayuda, menú
"¿Cómo se hace para...?", opción
Solicitar Certificaciones SII, que contiene, además, la Resolución
Exenta N° 2301, de
1986, y la Circular N° 50, de
1986, que detallan los requisitos, antecedentes y obligaciones asociadas a
este tipo de solicitud. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en el menú Normativa y Legislación, opción
Circular N° 49, de
1993.
|