Los requisitos y antecedentes que deben observarse al solicitar informe por un Tribunal
Ordinario en los juicios que tramita, son los que se indican a
continuación:
Dicho informe debe ser solicitado al SII a través de
un documento emitido por el juzgado respectivo, observando la norma del artículo 35° del Código Tributario.
Es necesario identificarse con nombre completo o razón social y, además,
incluir el Rut de la persona sobre la que recae el informe requerido al SII.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Ayuda, menú
"¿Cómo se hace para...?", opción
Solicitar Certificaciones SII, que contiene, además, la Resolución
Exenta N° 2301, de
1986, y la Circular N° 50, de
1986, que detallan los requisitos, antecedentes y obligaciones asociadas a
este tipo de solicitud. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en el menú Normativa y Legislación, opción
Circular N° 49, de
1993.
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