Los requisitos que debe cumplir
son los siguientes:
a)
Contar con Inicio de Actividades
como contribuyente de primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta y del
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
b)
No haber sido denunciado o condenado en virtud de los N°s 4, 8, 9, 10,
20, 21, 22, 23 ó 24 del artículo 97° del Código Tributario, dentro de los últimos
24 meses, contados hacia atrás desde la fecha de solicitud de la exención.
c)
Presentar copia de la resolución que autoriza al modelo de máquina,
previamente autorizado por la Dirección Nacional del SII.
d)
Acreditar el dominio de las máquinas mediante la factura de adquisición o
la tenencia legítima mediante un acto o contrato que justifique su posesión.
En el caso de los fabricantes, cuando exploten dichas máquinas deberán
respaldar su tenencia mediante la emisión de una guía de despacho que
individualice el detalle de las máquinas, sus precios unitarios y el destino o lugar
de explotación.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el
sitio Web del SII, sección Ayuda, menú ¿Cómo se hace para….?, opción Presentar Peticiones
Administrativas,
Solicitar autorización para Explotar Máquinas
Expendedoras con Exención de Emisión de Documentos.
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