No, la respuesta se recibe de acuerdo a los procedimientos establecidos según la materia de que se trate la solicitud,
siendo igual para los trámites presentados tanto en la oficina como por Internet.
En caso que corresponda como respuesta a una petición, la emisión de un documento por parte del SII, este será notificado al peticionario según los procedimientos vigentes,
y adicionalmente a ello, una copia no firmada de este documento se publicará en Internet en la opción
Consultar
estado de peticiones administrativas.
Puede obtener mayor información relativa a
este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución Exenta N° 2301, de 1986, y la
Circular N° 50, de 1986.
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