¿Las administradoras de fondos deben presentar la Declaración Jurada 1929?

ID: 001.135.6962.009
Fecha de creación: 13/06/2017
Fecha de actualización: 23/03/2026

El formulario 1929, debe ser presentado por contribuyentes con domicilio o residencia en Chile, incluyendo a las administradoras de patrimonios de afectación, tales como Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privado, donde a través de los mismos se invierta en el exterior. Se exceptúan las Administradores de Fondos de Pensiones, quienes no deberán informar las inversiones o rentas que digan relación con los fondos que Administra. Sin perjuicio de lo anterior, dichas entidades deberán informar sus propias inversiones y rentas que estas generen.

Conjuntamente, considere que para efectos de Declaración Jurada 1929, las sociedades de administradoras de Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privado, deben indicar la razón social del fondo de inversión, a través del cual se invierte en el exterior, sin que sea necesario detallar a los partícipes del fondo.

 Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaraciones juradas, Declaraciones juradas de Renta, Material de ayuda, opción Más información.

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