¿Las administradoras de fondos deben declarar el formulario 1929?

ID: 001.135.6962.008
Fecha de creación: 13/06/2017
Fecha de actualización: 06/03/2025

El formulario 1929, debe ser presentado por contribuyentes con domicilio o residencia en Chile, incluyendo a las administradoras de patrimonios de afectación tales como Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privado, donde a través de los mismos se invierta en el exterior. Se exceptúan las Administradores de Fondos de Pensiones quienes no deberán informar las inversiones o rentas que digan relación con los fondos que Administra. Sin perjuicio de los anterior, dichas entidades deberán informar sus propias inversiones y rentas que estas generen.

Conjuntamente, considere que para efectos de declaración del formulario 1929, las sociedades de administradoras de Fondos de Inversión Públicos, Fondos Mutuos y Fondos de Inversión Privado, deben indicar la razón social del fondo de inversión, a través del cual se invierte en el exterior, sin que sea necesario detallar a los partícipes del fondo.

 Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas, Declaraciones juradas de Renta, Material de ayuda, opcion Más Información.