PREGUNTAS FRECUENTES
Preguntas Frecuentes de Declaraciones juradas
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Declaraciones juradas
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Declaraciones juradas de Renta
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Declaración jurada anual sobre Operaciones en el Exterior
¿Cómo se deben declarar las cuentas de inversión en el exterior?
¿Deben ser informadas las inversiones realizadas en el extranjero en la Declaración Jurada 1929, independiente de si generaron rentas?
¿Deben declararse las rentas depositadas en una cuenta corriente en el exterior que no han sido remesadas a Chile?
¿A qué corresponde la columna “Ingresos percibidos o devengados” en la Declaración Jurada 1929?
¿Deben declararse las cantidades que perciba una persona como beneficiario de un seguro contratado con una entidad en el exterior?
¿Cuál es la forma en que debe informarse en la Declaración Jurada 1929 un inmueble en el extranjero?
¿Las administradoras de fondos deben presentar la Declaración Jurada 1929?
¿Por qué en la Declaración Jurada 1929 se enumeran rentas y no operaciones propiamente tal? Y en los casos de las inversiones que no generan rentas ¿Cuáles son los códigos para utilizar en la columna de “operación”?
Los contribuyentes que tengan inversiones en entidades extranjeras controladas y que sus rentas pasivas sean inferiores a UF 2.400, ¿Deben informarse en la Declaración Jurada 1929?
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