Si su Declaración de Renta se encuentra
Aceptada y su devolución no ha llegado, es posible que la Tesorería General de
la República (TGR) haya determinado retener el total o parte de su devolución
para el pago de deudas morosas, o bien haya aplicado algunas de las siguientes
retenciones:
-Retenciones Judiciales
En los casos en que aparezca un o una contribuyente
deudor de pensión alimenticia en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones
de Alimentos, la TGR procederá a efectuar la retención correspondiente e
instruirá el pago de la suma retenida a la madre, padre, tutora o tutor del
menor de edad, que tenga derecho a pensión alimenticia
-Retenciones Judiciales Previsionales
-Retenciones de crédito universitario solidario o con
aval del Estado
-Retenciones de instituciones de Salud
-Mandatos: un contribuyente le cede a otro su
devolución de impuestos
También puede ocurrir que no haya ingresado los datos
de su cuenta bancaria o bien los haya ingresado con error. Si este es su caso,
podrá cobrar su devolución en cajas de sucursales de ServiEstado (desde $1 hasta
$1.500.000) y en Banco Estado (desde $1 hasta $3.000.000), a contar de las 12
horas del día hábil siguiente a la fecha en que Tesorería debió haber depositado
en su cuenta. Si el monto de la devolución supera los $3.000.000, o usted
ingresó Cuenta Rut y ésta no está activada en el Banco, la Tesorería emitirá
cheque.
Para mayor información, deberá comunicarse
directamente con Tesorería General de la República, llamando al 600 4000 444.
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