Las devoluciones del Impuesto a la Renta se hacen efectivas a nombre del
contribuyente que está presentando la correspondiente Declaración de Renta.
Por lo tanto, el RUT y nombre del contribuyente registrado en el Formulario Nº
22 deben ser coincidentes con los datos de RUT y nombre que tenga registrado el
Banco para la Cuenta Corriente, de Ahorro o a la Vista, Bancarias que se
indique.
Es necesario tener presente que cualquiera inconsistencia entre los datos
registrados por el contribuyente en el Formulario Nº 22 relativos a esta
modalidad y los datos de la Cuenta Corriente, de Ahorro o a la Vista, Bancarias
que registra el Banco, impedirá que se efectúe el depósito.
Si este es su caso, podrá cobrar su devolución en cajas de sucursales de
ServiEstado (desde 1 hasta $1.500.000) y en Banco Estado (desde 1 hasta
$3.000.000), a contar de las 12 horas del día hábil siguiente a la fecha en que
Tesorería debió haber depositado en su cuenta. Si el monto de la devolución
supera los $3.000.000, o usted ingresó Cuenta Rut y ésta no está activada en el
Banco, la Tesorería emitirá cheque.
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