Los recargos que se le aplica al Impuesto Único a los Trabajadores pagado al fisco por el trabajador fuera del plazo legal se realiza de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario, y la multa está contenida en el N° 11 del artículo 97, del mismo texto legal.