Los períodos por Ahorro Previsional que se consideran en la rebaja tributaria contemplan lo siguiente:
Las entidades informan al SII los Ahorros Previsionales, vía descuentos efectuados por el empleador, que incluye los montos del mes de diciembre, enterados en enero.
En caso de Ahorros Previsionales efectuados directamente por el trabajador o profesional, se informan los efectivamente recibidos desde enero a diciembre.