No, para los fines de la Declaración Jurada 1835 no deben informarse los contratos de arriendo de bienes
raíces, vía leasing.
Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Declaraciones Juradas,
opción Información
y ayuda.
Adicionalmente puede consultar esta materia en el menú Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 19, de 2005, Resolución
Exenta N° 30, de 2005 y
Resolución
Exenta N° 12, de 2015.
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