No, los usuarios de un almacén público en Zona Franca que poseen un contrato de depósito para el uso de galpones para depositar o almacenar mercaderías no deben presentar
la Declaración Jurada 1835, puesto que este formulario debe informar sólo los arriendos de
bienes raíces y no los servicios de depósitos o almacenaje de mercaderías.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 19, de 2005, Resolución
Exenta N° 30, 2005 y
Resolución
Exenta N° 12, de 2015.
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