Sí, los arrendatarios de un galpón con avalúo
sobre $30.000.000 en Zona Franca deben presentar la Declaración Jurada
1835 de bienes
raíces arrendados, en la medida que el
arrendatario sea un contribuyente del Impuesto de Primera Categoría,
independiente de las exenciones otorgadas por algún cuerpo legal o bien
que el arriendo haya sido a través de un corredor de propiedades que
participe en la administración.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
menú Normativa y Legislación, opción Resolución
Exenta N° 19, de 2005, Resolución
Exenta N° 30, de 2005 y Resolución
Exenta N° 12, de 2015. Adicionalmente puede consultar esta materia
en el menú Declaraciones Juradas, sub menu Declaraciones Juradas de
Renta, opción Más información.
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