El contribuyente que haya presentado una Declaración
Jurada Simple para la inscripción en el Registro de Inversiones en el Extranjero,
antes del 31 de diciembre de 2010 y no figure registrada en la carga histórica
del Registro de Inversiones en el Extranjero; deberá dirigirse a la
Dirección Regional que
corresponda según su domicilio y aportar la copia de la declaración jurada
simple que le fuera entregada timbrada por la
Unidad del Servicio, cuando inscribió dicha
inversión en el Registro de Inversiones en el Extranjero, para poder mantener la
fecha de registro que los respectivos documentos acrediten.
Los contribuyentes que
hayan presentado una Declaración Jurada
Simple para la inscripción en el Registro de Inversiones en el Extranjero,
después del 31 de diciembre de 2010 y antes del 13/04/2011, fecha de la puesta
en marcha del nuevo sistema, y que no figure registrada en la carga histórica
del Registro de Inversiones en el Extranjero; podrá ingresar la inversión a
través del sitio Web de este
Servicio, menú Declaraciones Juradas, submenú Registro
de Inversiones en el Extranjero.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú Normativa y Legislación, submenú Circulares, en Circular
N° 25, de 2008 y Circular
N° 22, de 2011.
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