A partir del 1° de febrero 2011
los agentes retenedores de Berries, Papeles y Cartones, Medios de prepago de
telefonía e Internet y Contratistas en la Construcción deberán declarar vía
Internet el formulario 3500 para la operaciones de enero 2011, período desde el
cual sólo se podrán ingresar declaraciones fuera de plazo por los periodos enero
de 2011, en adelante es decir, no se pueden realizar declaraciones fuera de
plazo para períodos anteriores, éstas sólo se podrán presentar por papel en los
formularios en que se declaraba en esos períodos.
Sólo se podrá rectificar vía Internet declaraciones que se hayan ingresado por
esa vía, para rectificar declaraciones ingresadas vía papel se debe realizar por
la misma vía y formulario que la declaración original.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, específicamente la Resolución
N° 185, de 2010 , Resolución
N° 61, de 2011 y Resolución
69 del 2011. Adicionalmente, puede consultar este tema en el menú
Declaraciones Juradas, Declaraciones juradas de IVA, Declaración jurada informe
mensual retenedores cambio de sujeto y anticipo de IVA F3500, Ayuda, Más
información, opción Instrucciones
para llenar la Declaración Jurada F3500
|