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A partir del 1° de febrero 2011 
los agentes retenedores de Berries, Papeles y Cartones, Medios de prepago de 
telefonía e Internet y Contratistas en la Construcción deberán declarar vía 
Internet el formulario 3500 para la operaciones de enero 2011, período desde el 
cual sólo se podrán ingresar declaraciones fuera de plazo por los periodos enero 
de 2011, en adelante es decir, no se pueden realizar declaraciones fuera de 
plazo para períodos anteriores, éstas sólo se podrán presentar por papel en los 
formularios en que se declaraba en esos períodos.
 Sólo se podrá rectificar vía Internet declaraciones que se hayan ingresado por 
esa vía, para rectificar declaraciones ingresadas vía papel se debe realizar por 
la misma vía y formulario que la declaración original.
 
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, 
menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, específicamente la  Resolución 
N° 185, de 2010 ,  Resolución 
N° 61, de 2011 y Resolución 
69 del 2011. Adicionalmente, puede consultar este tema en el menú 
Declaraciones Juradas, Declaraciones juradas de IVA, Declaración jurada informe 
mensual retenedores cambio de sujeto y anticipo de IVA F3500, Ayuda, Más 
información, opción  Instrucciones 
para llenar la Declaración Jurada F3500 |