Debe seguir un
proceso de certificación, equivalente al realizado para la facturación
electrónica, pero cumpliendo los formatos y especificaciones técnicas propias de
este documento. Se sugiere revisar los formatos de boletas electrónicas, boletas
no afectas o exentas electrónicas y resumen de ventas diarias, de acuerdo a lo
indicado en la Resolución Exenta N° 74 del 2020 y en la forma establecida en su
Anexo N°1.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en
el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Boleta Electrónica, opción
Boleta electrónica de ventas y servicios. Además, en la sección Normativa
y legislación, menú Resoluciones 2020, opción
Resolución N° 74 de 2020. |