No, un cambio de las circunstancias que originaron la excepción faculta al Director Regional o al Director de Grandes Contribuyentes a revocar tal autorización, mediante una resolución fundada. En ella se fijará el plazo a partir del cual, el contribuyente o grupo de contribuyentes, estarán obligados a emitir los documentos tributarios en formato electrónico.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, Normativa y legislación, Resoluciones,
Resolución N°72 de 2014. |