¿En qué prestaciones de servicios no rige la limitación de tener que hacer el acuse de recibo de servicios prestados, para poder utilizar el crédito fiscal recargado en una factura electrónica?

ID: 001.003.6594.004
Fecha de creación: 08/10/2014
Fecha de actualización: 25/02/2025

La limitación no rige en aquellas prestaciones de servicios en que, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la ley de IVA, la factura deba emitirse antes que la prestación de servicios finalice (esto es, contratos de instalación o confección de especialidades, contratos generales de construcción y en los contratos de construcción de obras de uso público).

 

 

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