El crédito fiscal contenido en facturas electrónicas, de
conformidad al artículo 54, dará derecho a crédito fiscal para el comprador o
beneficiario en el período en que se realice el acuse de recibo o se entiendan
recibidas las mercaderías entregadas o el servicio prestado.
Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, donde
se encuentra la
Circular N°
56, de 2013 y
Circular N°
21 de 2015, concordadas con las
Circular N° 4 y
Circular N° 35, ambas de
2017.
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