Si una factura electrónica es pagada al contado, ¿debo hacer el acuse de recibo para tener derecho a crédito fiscal contenido en ésta?

ID: 001.003.6607.006
Fecha de creación: 09/10/2014
Fecha de actualización: 24/04/2025

No, para los documentos tributarios electrónicos que son emitidos con la forma de pago al contado, no es necesario otorgarles el recibo de las mercaderías o servicios, y se puede utilizar el crédito fiscal desde el período de la recepción del documento en el SII.

Normativa Relacionada