PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Conozca sobre Factura Electrónica | Ley N° 19.983 modificada por Ley N°20.956, plazo para reclamar una Factura

 Pregunta   ID:   001.003.6914.004  Fecha de Creación:   12/01/2017

¿Desde cuándo se contabilizan los 8 días que tiene el comprador o beneficiario del servicio para reclamar contra una factura electrónica?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   13/09/2023

El plazo de los 8 días corridos se considera desde que el documento tributario electrónico ha sido recibido por el Servicio de Impuestos Internos. Por ejemplo, si el documento es recibido en el SII el día 01 de Enero a las 20:00 hrs., el plazo de los 8 días finaliza el día 09 de Enero a las 23:59 hrs.


Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circulares 2017, donde podrá acceder a la Circular N° 4 y Circular N° 35, ambas de 2017.