PREGUNTAS FRECUENTES
Preguntas Frecuentes de Factura Electrónica
Menú Principal
/
Factura Electrónica
/
Ley N° 19.983 modificada por Ley N°20.956, plazo para reclamar una Factura
¿Cuándo entra en vigencia las modificaciones señaladas en la Ley 20.956 que aplican sobre la Ley 19.983?
¿Desde cuándo se contabilizan los 8 días que tiene el comprador o beneficiario del servicio para reclamar contra una factura electrónica?
¿Qué pasa si dentro del plazo de 8 días que tiene el comprador para reclamar, la Factura Electrónica posee un reclamo contra el contenido de la factura, o un reclamo por la falta total o parcial de las mercaderías entregadas o servicios prestados?
¿Qué pasa si dentro del plazo de 8 días que tiene el comprador para reclamar, la Factura Electrónica es aceptada, posteriormente se puede reclamar?
¿Qué pasa si dentro del plazo de 8 días que tiene el comprador para reclamar, la Factura Electrónica es aceptada, y dentro del mismo período de los 8 días se emite una Nota de Crédito Electrónica de Anulación?
¿Se puede ceder una factura electrónica que no ha sido aceptada ni reclamada dentro del plazo de 8 días?
Ver más