PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Conozca sobre Factura Electrónica | Ley N° 19.983 modificada por Ley N°20.956, plazo para reclamar una Factura

 Pregunta   ID:   001.003.6915.004  Fecha de Creación:   12/01/2017

¿Qué pasa si dentro del plazo de 8 días que tiene el comprador para reclamar, la Factura Electrónica posee un reclamo contra el contenido de la factura, o un reclamo por la falta total o parcial de las mercaderías entregadas o servicios prestados?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   14/09/2023

En estos casos, se entiende que la factura está reclamada y por lo tanto, el receptor no podrá hacer uso del crédito fiscal contenido en la factura electrónica. Además, el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos rechazará las anotaciones de cesión electrónica que se efectúen con posterioridad al reclamo.


Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circulares 2017, en donde podrá acceder a la Circular N° 4 y Circular N° 35, ambas del 2017.