¿Se puede ceder una factura electrónica que no ha sido aceptada ni reclamada dentro del plazo de 8 días?

ID: 001.003.6918.003
Fecha de creación: 12/01/2017
Fecha de actualización: 28/02/2025

Sí, en caso que una factura electrónica no haya sido reclamada dentro del plazo que estipula la ley 19.983, se presumirá que las mercaderías fueron entregadas o que los servicios fueron prestados, por lo que la factura electrónica quedará apta para cederse electrónicamente con posterioridad a dicho plazo.

 

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