El Servicio de Impuestos Internos rechazará, al momento de su recepción, los Documentos Tributarios Electrónicos que contengan folios de un CAF con fecha vencida. Por tanto, los folios de los CAF que hayan perdido su vigencia, y que no hayan sido utilizados, deberán ser anulados de acuerdo a los procedimientos disponibles en el sitio web del Servicio.