PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Registro de Compras y Ventas

 Pregunta   ID:   001.003.6972.003  Fecha de Creación:   28/07/2017

¿Qué es el Registro de Compras (RC)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   06/06/2023

El Registro de Compras, es una de las partes que compone el Registro de Compras y Ventas. Este Registro, es el que da cuenta de todas las operaciones de compras realizadas por un contribuyente de acuerdo con los documentos tributarios electrónicos recepcionados por el Servicio de Impuestos Internos, complementado con los documentos tributarios de compras, en soporte distinto al electrónico, en el cual deberá indicarse la naturaleza de las operaciones en cuanto a la procedencia e identificación del crédito fiscal. Este registro, determina el uso del crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado y está compuesto de 4 secciones:
1. Registro: En esta sección, están todas las compras del giro a las que el contribuyente deberá indicar la naturaleza de la operación por documento, las cuales, por defecto, serán clasificadas como del Giro, y podrán ser modificadas a: Supermercado, Bienes Raíces, Activo Fijo, IVA Uso Común, IVA No Recuperable, o No Incluir.
2. Pendiente: En esta sección, se encuentran todos aquellos documentos que requieren como requisito que el comprador otorgue recibo de mercaderías entregadas o servicios prestados, y que al momento de consultar esta sección, tienen pendiente dicho requisito.
3. Reclamados: En esta sección, se almacenarán todos aquellos documentos que el comprador ha reclamado dentro del plazo de 8 días.
4. No incluir: En esta sección, se encuentran los documentos que el contribuyente ha decidido no considerar para el desarrollo de su actividad comercial, y que por lo tanto, no es considerado como IVA crédito fiscal, ni como gasto para efectos del Impuesto a la Renta.


Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, donde encontrará la Resolución N° 61 de 2017, Resolución N° 68 de 2017 Circular N° 4 de 2017 y Circular N° 35 de 2017.