PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Boleta electrónica de ventas y servicios | Incorporación

 Pregunta   ID:   001.003.7662.004  Fecha de Creación:   14/07/2020

¿Quiénes están obligados a emitir boleta electrónica o boleta no afecta o exenta electrónica?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   23/01/2023

Todos los contribuyentes que emitan boletas de ventas y servicios por papel están obligados a emitir este documento en formato electrónico, así como también los contribuyentes que inician actividades y que cumplan los requisitos para emitir boleta electrónica, en las fechas que estableció la Resolución N° 74 de 2020, y luego modificada por ley 21.256, esto es:

1° de enero del 2021 para los que ya son facturadores electrónicos, y

1° de marzo 2021 para los que no son facturadores electrónicos

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción Boleta Electrónica de ventas y servicios. Además, en la sección Normativa y legislación, menú Resoluciones 2020, opción Resolución N° 74 de 2020, complementada con la Resolución N° 104 de 2020, que modifica su entrada en vigencia.