Todos los contribuyentes que emitan boletas de ventas y servicios por papel
están obligados a emitir este documento en formato electrónico, así como
también
los contribuyentes que
inician actividades y que cumplan los requisitos para emitir boleta electrónica,
en las fechas que estableció la Resolución N° 74 de 2020, y luego modificada por ley 21.256, esto es:
1° de enero del 2021 para los que ya son facturadores electrónicos, y
1° de marzo 2021 para los que no son facturadores electrónicos
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción
Boleta Electrónica
de ventas y servicios. Además, en la sección Normativa y legislación, menú
Resoluciones 2020, opción
Resolución N° 74 de 2020,
complementada con la
Resolución N° 104 de 2020, que modifica su entrada en vigencia.
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