PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Factura Electrónica | Boleta electrónica de ventas y servicios | Incorporación

 Pregunta   ID:   001.003.7665.002  Fecha de Creación:   14/07/2020

¿Los contribuyentes que ya se encuentran autorizados como emisores de boletas electrónicas de ventas y servicios seguirán manteniendo su habilitación?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   23/01/2023

Los contribuyentes que al momento de la publicación de la Resolución N° 74 del 2020, ya se encuentren autorizados como emisores de boletas electrónicas y/o boletas no afectas o exentas electrónicas, mediante resoluciones SII en particular, conservarán dicha calidad, sin perjuicio que la citada Resolución N° 74, será aplicable en todo aquello que las modifique y/o complemente, primando esta última, para todos los efectos legales.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción Boleta Electrónica de ventas y servicios. Además, en la sección Normativa y legislación, menú Resoluciones 2020, opción Resolución N° 74 de 2020.