Sí, los contribuyentes podrán solicitar su deshabilitación del sistema de
emisión de boletas electrónicas y/o boletas no afectas o exentas electrónicas en
cualquier momento mediante petición administrativa, la que deberá ser presentada
ante la Dirección Regional correspondiente a su jurisdicción, o a través de una
aplicación dispuesta por el Servicio, para tal efecto, en su sitio web.
En caso que se produzca su desafiliación como emisor de boletas electrónicas y/o
boletas no afectas o exentas electrónicas, el Servicio de Impuestos Internos
podrá requerir al contribuyente la anulación de los folios que no hayan sido
utilizados.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,
sección Servicios online, menú Factura electrónica, opción
Boleta Electrónica
de ventas y servicios. Además, en la sección Normativa y legislación, menú
Resoluciones 2020, opción
Resolución N° 74 de 2020. |