No,
no es necesario realizar la desintegración de los sistemas indicados, dado que
ambos documentos tienen validez tributaria. De todas formas, dependerá de cada
comercio la adopción de la solución que más le acomode.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
Menú Normativa y Legislación, opción Resoluciones, especificamente en
Resolución SII Ex. N° 176, del 2020, complementada
con Resolución
SII Ex. N° 76 de 2021.
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