No, no es necesario realizar la desintegración de los sistemas
indicados, dado que ambos documentos tienen validez tributaria. De todas formas,
dependerá de cada comercio la adopción de la solución que más le acomode.
Puede obtener mayor información relativa a
este tema en el sitio web del SII, Menú Normativa y Legislación, Resoluciones,
opción
Resolución SII Ex. N° 176, del 2020.
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