No. La factura debe emitirla el intermediario a quien se le compre o venda la
moneda extranjera como bancos, corredores de bolsa, casas de cambio, agentes de
valores y cualquier otra entidad que se dedique habitualmente a intermediar en
la compra y venta de moneda extranjera.
Puede obtener
mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y
Legislación, opción Resoluciones, Resolución
Ex. SII 66 de 2022; Resolución
Ex. SII 98 del 2004.
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