Por cada línea de detalle hay un campo denominado <IndExe>, el cual, si no es
informado, se asume con valor “cero”, que en ese caso se trataría de un valor
afecto a IVA (parte del NETO). Si ése campo <IndExe> es informado con un valor
igual a “1”, significa que es un valor exento de IVA (parte del Total Exento),
ahora si dicho campo <IndExe> es informado con valor 2 ó 6, se entiende que es
un “No Facturable”, el cual es positivo si es valor “2”, y es negativo en caso
de ser valor “6”.
Al ser solo No Facturable, solo se completa el valor Total No Facturable, y los
totalizadores Exento y Neto, deben ir en cero en este caso. Finalmente, el
objetivo de la resolución, es que las transacciones no se informen como exentas,
sino que solo como flujos de dinero como conceptos “No Facturables”.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y Legislación, opción Resoluciones, Resolución
Ex. SII 66 de 2022; Resolución
Ex. SII 98 del 2004. |