El Impuesto a las Herencias se aplica sobre el valor líquido de cada asignación o donación, de acuerdo con una escala progresiva.
A continuación se entrega una tabla de Impuesto a las Herencias en que se muestra una escala progresiva, con la determinación de los tramos y los respectivos porcentajes de este impuesto:
TRAMOS (UTA) TASA
0 a 80 más de 80 y hasta 160 más de 160 y hasta 320 más de 320 y hasta 480 más de 480 y hasta 640 más de 640 y hasta 800 más de 800 y hasta 1200 más de 1200 |
1,0 % 2,5 % 5,0 % 7,5 % 10,0 % 15,0 % 20,0 % 25,0 % |
La Unidad Tributaria Anual (UTA) que se debe aplicar para los fines del cálculo, es aquella vigente al momento del fallecimiento del causante o de la "insinuación" de la donación, según lo determinado en la Ley N° 16.271, artículo 2, inciso tercero.