Las personas que heredan dinero de un tercero, sin parentesco, deben pagar, únicamente, el
Impuesto a las Herencias y Donaciones. Este impuesto tiene diferentes porcentajes que se aplican al monto heredado. Los beneficiados con este tipo de herencia no gozan de exención y están afectos a un recargo en la aplicación del impuesto.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y Legislación, opción Circular
N° 19, de 2004. |