Los contribuyentes que deseen optar a este procedimiento especial de pago de impuestos
en moneda extranjera, deberán comunicarlo por escrito en la
oficina del SII de su domicilio y efectuar la declaración y pago de los tributos directamente en Tesorería.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
sección Normativa y Legislación, opción Resoluciones en la Resolución N°
43, de 2009. |