PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Infracciones, Pago de giros y Condonaciones | Infracciones | Procedimiento Aplicación de Sanciones y Condonaciones (PASC) | Procedimiento para acogerse al PASC

 Pregunta   ID:   001.145.3180.006  Fecha de Creación:   23/06/2005

¿En qué consisten las infracciones tributarias acogidas al Procedimiento de Aplicación de Sanciones y Condonaciones (PASC)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   16/04/2021

Una descripción general de las infracciones tributarias acogidas a PASC, es la siguiente:

  • Artículo 97 N° 6 No exhibición de libros de contabilidad o de libros auxiliares, o el acto de entrabar en cualquier forma la fiscalización ejercida en conformidad a la Ley.

  • Artículo 97 N° 7 No llevar contabilidad o los libros auxiliares exigidos por el Director del SII o por el Director Regional respectivo de acuerdo con las disposiciones legales, o de mantenerlos atrasados, o de llevarlos en forma distinta a la ordenada o autorizada por la Ley.

  • Artículo 97 N° 10 El no otorgamiento de guías de despacho, de facturas, notas de débito, notas de crédito o boletas en los casos y en la forma exigidos por las Leyes, el uso de boletas no autorizadas o de facturas, notas de débito, notas de crédito o guías de despacho sin el timbre correspondiente, el fraccionamiento del monto de las ventas o el de otras operaciones para eludir el otorgamiento de boletas.

  • Artículo 97 N° 15 El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en los Artículos 34 y 60 inciso penúltimo.

  • Artículo 97 N° 16 La pérdida o inutilización no fortuita de los libros de contabilidad o documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables o que estén relacionados con las actividades afectas a cualquier impuesto. Esta norma, también sanciona la no reconstitución de la contabilidad y el aviso fuera de plazo de la pérdida de documentación tributaria.

  • Artículo 97 N° 17 La movilización o traslado de bienes corporales muebles realizado en vehículos destinados al transporte de carga sin la correspondiente guía de despacho o factura, otorgadas en la forma exigida por las Leyes.

  • Artículo 97 N° 19 El incumplimiento de la obligación de exigir el otorgamiento de la factura o boleta, en su caso, y de retirarla del local o establecimiento del emisor.

  • Artículo 97 N° 20 La deducción como gasto o uso del crédito fiscal que efectúen, en forma reiterada, los contribuyentes del impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta, que no sean sociedades anónimas abiertas, de desembolsos que sean rechazados o que no den derecho a dicho crédito, de acuerdo con la Ley de la Renta o al Decreto Ley Nº 825, de 1974, por el hecho de ceder en beneficio personal y gratuito del propietario o socio de la empresa, su cónyuge o hijos, o de una tercera persona que no tenga relación laboral o de servicio con la empresa que justifique el desembolso o el uso del crédito fiscal.

  • Artículo 97 N° 21 La no comparecencia injustificada ante el SII a un segundo requerimiento notificado al contribuyente, conforme con lo dispuesto en el Artículo 11.

  • Artículo 109 Toda infracción a las normas tributarias que no tenga señalada una sanción específica.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Código Tributario. Adicionalmente puede consultar esta materia en la opción Circular N° 1, de 2004 y Circular N° 58, de 2006.