Las sanciones y condonaciones que corresponden en el PASC a la omisión del aviso dentro de plazo de la pérdida de documentación tributaria
son las siguientes:
Multa de 3 UTM en la primera infracción hasta el máximo legal de 10 UTM que se aplicará a la sexta y sucesivas infracciones.
La condonación en todas las infracciones será de los 2/3 de la sanción aplicada. Sin perjuicio de lo anterior, la condonación que beneficiará al contribuyente en la sexta infracción y posteriores alcanzará a la cantidad fija de 6 UTM.
Puede obtener mayor
información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Circular
N° 1, de 2004 y Circular
N° 58, de 2006.
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