PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Regimenes especiales del IVA | Tributación simplificada del IVA | Tratamiento del remanente de crédito fiscal

 Pregunta   ID:   001.030.0205.008  Fecha de Creación:   02/09/2003

¿Qué tratamiento tiene el remanente de Crédito Fiscal dentro de la Tributación Simplificada del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   02/06/2023

El remanente de Crédito Fiscal, dentro de la Tributación Simplificada del IVA, no puede imputarse ni ser solicitada su devolución, de conformidad con el artículo 30 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, Circular N° 35, de 1977 y Circular N° 9, de 1978. Adicionalmente, esta materia puede ser consultada en la opción Resoluciones, Resolución N° 36, de 1977 y Resolución N° 1798, de 1979.

 Preguntas Relacionadas
  • ¿Los contribuyentes acogidos al sistema de Tributación Simplificada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) tienen derecho a Crédito Fiscal?