Cuando una empresa retiene el 13% de los honorarios y no entera dicho monto al fisco, dentro de los doce primeros días del mes siguiente de realizado dicho pago de honorarios, deberá rectificar el Formulario 29 de Declaración
Mensual y Pago Simultáneo correspondiente al período en que se omitió la retención. Esta rectificación puede ser realizada a través del sitio
Web del SII, o bien en la oficina
correspondiente al domicilio de la empresa (retenedor). Puede obtener mayor información
relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29),
Corregir
o rectificar declaración.
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